
Reformas integrales de viviendas
Tras un estudio previo de sus necesidades e inquietudes de su proyecto y tras realizar una visita previa con el cliente al emplazamiento de la obra o intervención, elaboraremos un presupuesto de las intervenciones solicitadas donde quedará todas nuestras intervenciones detalladas. Una vez aceptado el presupuesto presentado al cliente, prepararemos todas las propuestas y bocetos que sean necesarios hasta que encontremos lo que usted busca y podamos cumplir sus expectativas deseadas.
Elaboramos todo tipo de proyectos en su vivienda:
- Reformas en obra nueva
- Ampliación de viviendas
- Reforma o rehabilitación de viviendas
- Adecuaciones de locales comerciales
- Actividades
- Modificación estructural
- Demolición
- Decoración
Estudio básico de seguridad y salud
Dado el carácter temporal de una obra, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales aborda su idiosincrasia a través de su desarrollo reglamentario, cuya herramienta fundamental es la aplicación del R.D. 1627/97 de Coordinación de Seguridad y Salud en Obras.
¿Cuándo se designa un Coordinador de Seguridad y Salud?
- En las obras, cuando en la elaboración del proyecto de obra intervengan varios proyectistas, el promotor designará un coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra.
- Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia, designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.
- La designación de los coordinadores no eximirá al promotor de sus responsabilidades, que además es responsable de efectuar un aviso a la autoridad laboral competente antes del comienzo de los trabajos.
¿Cuándo se realiza un estudio de Seguridad o uno Básico?
- El promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio de seguridad y salud en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes:
- Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 450.000 €.
- Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.
- Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500 €.
- Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.
En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio básico de seguridad y salud.
¿Qué es el Plan de Seguridad y Salud?
Es la aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico de cada contratista, que elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. Ofrecemos a nuestros clientes dotar de coordinadores de seguridad y salud en obras con amplia experiencia en grandes obras de distinta tipología, debidamente colegiados en sus respectivos Colegios Profesionales, tanto en fase de proyecto como de ejecución realizando los Estudios de Seguridad y Salud. Para satisfacer las necesidades de nuestros clientes contamos con:
- Una plantilla de Coordinadores de Seguridad y Salud con formación como técnicos superiores en PRL, así como con los cursos de Coordinador de Obra con distintas titulaciones en función de la Obra, Aparejadores, Arquitectos, Ingenieros, Ingenieros Técnicos.
- Una metodología de trabajo personalizada, dotada de soporte informático basada en la experiencia y presencia física en obra. Además en función de la obra, colabora en la redacción y presentación del aviso previo.
- Se dispone de Pólizas de Seguro de Responsabilidad Civil con altas coberturas
Direcciones de ejecución de obra
Funciones del Arquitecto Técnico como director de la ejecución de la obra a partir de la L.O.E.
Como componente de la Dirección Facultativa (constituida por el Director de Obra, Director de la Ejecución de la Obra y, en su caso, Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución):
- Asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado (control de calidad).
- Verifica la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas.
- Dirige la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales y la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del Director de la Obra.
- Consigna en el Libro de órdenes y Asistencias las instrucciones precisas.
- Suscribe el Acta de replanteo o de comienzo de obra y el Certificado Final de Obra (de obligatoria aportación al Acta de Recepción de la obra).
- Elabora y suscribe las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.
- Recibe los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de materiales, sistemas o instalaciones, que le han de ser entregados, obligatoriamente, por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación que, además, han de prestarle asistencia técnica.
- Colabora en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada (Libro del Edificio) y aporta los resultados del control realizado.


Tramitación de Licencias de apertura y actividad
- Tenemos amplia experiencia en la tramitación de licencias del ayuntamiento de Madrid. Nos encargamos de todas las gestiones necesarias con la ECLU (Entidad Colaboradora de Licencias Urbanísticas) hasta que usted obtenga su licencia.
- Garantizamos un proyecto correctamente elaborado, cumpliendo la normativa vigente en todos sus puntos, lo que facilitará la autorización de la implantación de su negocio.
- Después de contactar con nosotros, visitamos sus instalaciones para valorar la viabilidad urbanística de su proyecto así como la valoración económica de nuestros honorarios. Le informamos de los pasos a seguir, le enviamos de forma escrita un presupuesto cerrado y le informamos del coste de las Tasas Municipales para la administración.
Certificados de Eficiencia Energética
- El Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de los edificios es de inminente aprobación.
- Establece que a partir de 2013 toda vivienda que se ponga en venta o alquiler debe disponer de un certificado energético. Su validez será de 10 años.
- La certificación energética tendrá efectos inmediatos sobre el mercado inmobiliario. Los clientes descartarán casi por sistema las viviendas con peores etiquetas energéticas. Ello levará a la depreciación de estas viviendas.
- De ahí la importancia de que la certificación energética sea realizada por un técnico perfectamente cualificado, que sepa afinar más los cálculos.


Tasaciones y valoraciones de inmuebles
Además de las finalidades reguladas, una valoración supone una opinión fundamentada por un experto independiente; un documento que da apoyo y garantía en todas las ocasiones en las que sea necesario realizar una traducción monetaria de un inmueble. Entre estas situaciones destacan:
Tasaciones para subastas y Adquisiciones
Informes de valoración de los bienes inmuebles que ayudan a la toma de decisiones referidas a la fijación del tipo de subasta, así como para pujar en la misma.
Asesoramiento en caso de compraventas o alquileres
La valoración facilita la posterior decisión sobre el perfeccionamiento de un contrato de compraventa o alquiler de un bien inmueble.
Tasación para expropiaciones
La tramitación de un expediente expropiatorio conlleva la privación coactiva de la propiedad, así como de la titularidad de otros derechos reales, con los consiguientes daños y perjuicios. Se asesora al cliente en todos los aspectos del problema, realizando una asistencia continuada durante toda la duración del procedimiento.
- Cuantificación de indemnizaciones por afecciones de suelo, construcciones, traslados o ceses de actividad, ceses de arrendamientos, derechos reales, cosechas pendientes, etc.
- Asistencia técnica y jurídica en la consecución de mutuos acuerdos.
- Interposición, seguimiento y asistencia técnica en recursos contencioso-administrativos.
Informes periciales
Al adquirir una vivienda o cualquier otro tipo de construcción, en ocasiones encontramos una serie de defectos que afectan en mayor o menor medida su habitabilidad o funcionalidad. El proceso normal a seguir, es hacer un listado con aquellos desperfectos y comunicárselos al promotor, para que proceda a su reparación. Por lo general la petición del cliente será atendida y los daños subsanados, pero si se hace caso omiso (por parte del promotor o constructor) de ésta, o estos daños no se resarcen adecuadamente, se deberá solicitar un INFORME PERICIAL. El informe pericial es un documento cuyo objeto final es tener la posibilidad de reclamar todos aquellos vicios de la construcción de un inmueble, bajo el amparo de un documento firmado por un profesional técnico cualificado en el ámbito de la edificación.


Inspección Técnica de Edificios
Una ITE es una inspección técnica obligatoria que han de pasar los edificios cada 10 años a partir de los 30 años de antigüedad, para acreditar su buen estado en cuanto a seguridad. La ITE debe realizarse por un profesional, conforme al modelo aprobado y hacer referencia al estado de cimentación y estructura, fachadas, medianeras, instalaciones generales y otras condiciones de seguridad y salubridad que afectan a las condiciones de habitabilidad y uso efectivo del edificio o inmueble.